GOMEZ12102020

ANÁLISIS A FONDO
Mariana
Francisco Gómez Maza

• A un año de haber sido hallada muerta, todo está olvidado para el fiscal de Chiapas
• La única defensora de la estudiante de medicina, su madre, murió y se “cerró” el caso


Ciudad de México.- El colega Héctor Estrada me hizo recordar que, hacia finales de enero, precisamente el viernes 28 de enero, se cumplió un año de que el cuerpo sin vida de la estudiante de medicina, Mariana Sánchez Dávalos, fue hallado en Nueva Palestina, comunidad indígena del municipio de Ocosingo, en la entrada de la selva del estado de Chiapas.

Sólo siete meses –de enero a agosto del año pasado– duró la batalla porque el caso de la estudiante, casi pasante de médico cirujano, no fuera olvidado en las carpetas de la Fiscalía estatal: murió, en agosto, Lourdes Dávalos, la madre de Mariana. Lourdes estaba decidida a que los investigadores policiales concluyeran que el asesinato de su hija fue un feminicidio y no un simple asesinato. Importantísimo que se tipificara correctamente el asesinato.

La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en el sistema penal mexicano como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas.

En el Código Penal Federal, el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325, el cual establece lo siguiente:

“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.”

El hecho involucró a las autoridades de la Universidad Autónoma de Chiapas, que descuidaban (¿) la seguridad de la vida de los estudiantes que van a cumplir con su servicio social a comunidades y pueblos esparcidos por la difícil geografía chiapaneca. En el caso de Mariana, simplemente no hubo ninguna medida de seguridad de su vida. Fue hallada, no encontrada, muerta.

Recuerda el colega Estrada, en la sección de opinión, de Portavoz, el diario de todas las voces, que la madre de Mariana encabezaba la lucha jurídica por la muerte de su hija y mantenía una dura batalla contra el cáncer de huesos.

Murió doña Lourdes y su desaparición terminó por sumergir al caso de la estudiante en un silencio bastante conveniente para el agresor (asesino) y las propias autoridades judiciales, que ya no sabían cómo
sacudirse el escándalo.

¿Qué pasó con el caso de la joven doctora Mariana Sánchez? Me parece muy justo asegurar, como lo hace Héctor Estrada, que el caso de Mariana, que cimbró, en 2021, las entrañas del sistema de formación médica en Chiapas, expuso la serie de abusos y omisiones a los que las y los estudiantes de medicina en la entidad son sometidos todos los años; pero también las sospechosas deficiencias dentro del aparato de procuración de justicia en Chiapas que, pese a tantos años de capacitaciones en la materia, sigue facilitando la impunidad para numerosos feminicidios en Chiapas.

El agresor de Mariana, Fernando “N”, se entregó el 18 de febrero de 2021 por voluntad propia. Su tranquilidad dentro del proceso parecía evidenciar la certeza de que no habría complicaciones de gravedad. Finalmente, las omisiones cometidas por la Fiscalía General del Estado de Chiapas, dentro del protocolo de actuación para la atención a posibles casos de feminicidio, tras el hallazgo de Mariana, ya habían dejado libre la ruta de impunidad.

El error cometido por las autoridades ministeriales, de autorizar la cremación del cuerpo en menos de 48 horas, borró buena parte de las pruebas para demostrar –después– posibles rastros de violencia sexual en el cuerpo de Mariana, y así elevar los delitos contra Fernando (o cualquier otro implicado que hubiese sido involucrado mediante las pruebas forenses).

Las autoridades sabían perfectamente que, al incinerar el cuerpo, también eliminaban las pruebas esenciales para determinar posibles delitos de violencia sexual, cometidos contra la joven de 25

años; sabían muy bien que estaban contradiciendo lo establecido por los protocolos de actuación en torno a la muerte violenta de mujeres; y que todas las líneas de investigación no se habían agotado. Pero decidieron permitir la cremación, como lo puntualiza Héctor.
Así, la responsabilidad en el asesinato de Mariana queda en entredicho. Quien la mató no recibe castigo por la idiotez de las autoridades ministeriales de la Fiscalía. Todo para favorecer al asesino, al feminicida. Y esta injusticia de la justicia ocurre diariamente en cientos de miles de asesinatos por razones de género, por odio de género.

Habrá que proclamar esta triste realidad a los cuatro vientos. Los responsables del sistema de justicia tienen, algún día, que tomar conciencia de que la defensa de la mujer y el castigo a sus violadores en todos los sentidos, son fundamentales para la convivencia entre mujeres y hombres.