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ESTAMPAS HISTÓRICAS
Entre la espada y la pared: la colonización en el norte
Víctor Orozco

Chihuahua.- Uno de los primeros ordenamientos jurídicos expedidos por el Congreso Constituyente mexicano fue el decreto sobre colonización, el 18 de agosto de 1824,(1) aun antes de promulgarse la constitución federal. La ley obligaba a las legislaturas estatales para que expidiesen sus respectivos reglamentos o leyes de colonización a la mayor brevedad y estableció varios principios generales de absoluta pertinencia. Garantizaba a los extranjeros que se avecindasen en la república toda suerte de garantías con la única limitación de sujetarse a las leyes nacionales e impuso a las sucesivas legislaturas una drástica limitante, pues no podrían prohibir la entrada de extranjeros hasta el año de 1840, salvo casos de circunstancias imperiosas respecto a individuos de alguna nación en particular.

     Prefería, sin embargo, en la distribución de tierras a los nacionales mexicanos cuando concurriesen con los recién llegados. Estas disposiciones rompían de un tajo con la tradición y con el viejo espíritu aislacionista que distinguió a la política de las autoridades españolas respecto de la emigración extranjera.

     De entonces datan las restricciones para que los extranjeros se conviertan en propietarios de tierras en zonas limítrofes con las fronteras, pues prohibía la colonización terrenos ubicados a menos de 20 leguas de aquéllas.

     Con admirable tino, los legisladores comprendieron el escollo que significaban los latifundios para la colonización de los terrenos y, por tanto, para poblar los territorios. Por una parte, prohibieron la reunión en una sola mano de más de una legua cuadrada de cinco mil varas en tierras de regadío, cuatro en superficie de temporal y seis de pastoreo. Por otra, trataron de impedir que siguiera creciendo el latifundio eclesiástico convertido en una camisa de fuerza para el desarrollo del país y dispusieron también la prohibición de que los nuevos pobladores pudiesen pasar las tierras a manos muertas.

     Y en el mismo sentido, tampoco se podrían conservar las tierras distribuidas si el titular no estuviese avecindado en la República. Es decir, se trataba de entregar las tierras a propietarios que las explotasen junto con sus familias y capaces de defenderlas, pues aparte de que las grandes propiedades pertenecientes con frecuencia a personajes residentes en España trababan el crecimiento demográfico, se revelaron estructuras sumamente débiles a la hora de los embates de las naciones indias en el Norte y ante el expansionismo norteamericano.

     Una década después, los infortunados acontecimientos de Texas, –en donde los colonos angloamericanos instalados allí al amparo de las leyes de colonización federal y del estado de Coahuila y Texas operaron como una cabeza de playa para el avance norteamericano– motivaron una acre polémica en la que se atribuía la pérdida del territorio a las referidas leyes. El general Tornel, destacadísimo militar y político de la época, por ejemplo, escribía en 1837:
“Sea porque nuestras imprudentes leyes de colonización, nuestro despilfarro aun más imprudente y escandaloso al repartir y regalar nuestros preciosos y apetecidos terrenos, indicaban abiertamente que no sabíamos apreciar ni conservar la valiosa herencia de los españoles”.(2)

     Tornel, como buen militar realista, se olvidaba que la pérdida de territorios había comenzado desde la época colonial, como la cesión de la Florida a Estados Unidos en 1819.

     La política de colonización se antojaba en esta perspectiva como una contradicción en sí misma: si no se entregaban las tierras a los nuevos pobladores, aquéllas se perderían irremisiblemente más temprano que tarde, pero si se entregaban a colonos extranjeros, provenientes de Estados Unidos, este país los utilizaría como instrumentos para apoderarse de territorio mexicano.

     Debe decirse, por otra parte, que a Texas también llegó una corriente de migración desde el centro del país, como muestra el gran número de contratos celebrados y los propios datos del incremento de población mexicana después de 1830.

     La política de colonización comenzaba, por tanto, a rendir buenos frutos; sin embargo, el movimiento fue tardío e insuficiente para contrarrestar a la poderosa corriente europea y norteamericana que afluía primero a Texas y luego a todo el norte.

1 Manuel Dublán y José María Lozano, Legislación mexicana, tomo I, Imprenta de E. Dublán, México, 1876, p. 712.
2 Véase Estados Unidos de América y sus relaciones con la República Mexicana escrito por el general José María Tornel, México, impreso por Ignacio Cumplido, 1837.