Monterrey.- El director de la Biblioteca de México y de la Biblioteca Vasconcelos, José Mariano Leyva, ha coincidido con las preocupaciones de las editoriales y admitió el riesgo de la piratería de libros en la red, cosa que no ocurre fácilmente con los libros físicos, situación que confirma que es innecesario y no recomendable entregar libros en formato digital por la imposibilidad de garantizar la protección y el acceso de un fondo digitalizado con acceso a Internet, y mucho menos evitar su apropiación con fines de lucro por las modernas empresas tecnológicas o tecnopolio (del griego techno-, técnica, y pōleîn, vender) de Internet: el conjunto de megacorporaciones tecnológicas del Valle del Silicio que controlan y dominan lo que se puede consultar y publicar en Internet en su guerra por los ingresos derivados de la publicidad, que en este caso han sido el sostén económico tradicional de las entidades de la comunicación de todo el mundo, hoy en su mayoría en declive. En México, Google y Meta acaparan 82.4% de los ingresos por la publicidad digital; el resto se reparte entre Televisa, Tv Azteca y Amazon. Uno de los efectos secundarios de esta clase de cibercolonización se manifiesta en la hostilidad de los medios de comunicación contra los gobiernos en su mal disimulada pugna por el financiamiento publicitario.
Con esta determinación, la nueva Ley general de bibliotecas trata de asentar una resolución que bajo una intención carente de buen criterio, democratizaría e informatizaría especialmente los acervos bibliográficos, lo que vulnera el derecho de los autores y productores a rentabilizar y crear una economía cultural, debido a que abre un peligroso hueco legal que facilita que el tecnopolio Internet se apropie de los libros informatizados, algo que ya hace, pero sin remunerar y sin compartir sus fabulosas ganancias; cabe destacar que el derecho a la información existe desde hace décadas y no depende de la informatización y difusión por Internet, sino de un sistema educativo eficaz; digitalizar acervos bibliográficos ocasiona un gasto público oneroso en nuevas tecnologías para la consulta y almacenamiento en detrimento de la finalidad de la propia ley, cuyo efecto incrementará los atentados contra la propiedad privada intelectual valiosa, la recopilación de datos personales, destruirá todo un ecosistema de empleos de calidad y comercio cultural, y despojará a los autores del derecho a una remuneración a partir de la libre creación y expresión de sus ideas porque pretende obligar a las casas editoriales a entregar una versión digital de sus productos (art. 37), lo que las coloca además en una situación vulnerable ante una ciberdelincuencia global actualmente descontrolada.
Los artículos en disputa convertirían a las bibliotecas designadas por esta ley en sustitutas y competidoras de las casas productoras de contenidos, sin invertir en la producción editorial y sin remunerar a los autores; la entrega de los activos digitales establecida en esta ley entra en conflicto con la tradicional misión del bibliotecario, cuya historia le vincula con la conservación y la promoción del libro y la lectura, no con la promoción de productos informáticos.
Aunque la nueva Ley general de bibliotecas no se opone abiertamente a los derechos morales y autorales, es omisa al espíritu de justicia al desproteger los derechos de explotación económica de los autores y al no proponer alternativas, medios ni soluciones para salvaguardar de la piratería a la libre empresa cultural y a la inversión financiera en materia editorial, y colisiona con lo establecido en la Ley de derechos de autor mexicana, una muy extraña forma de conseguir que los autores renuncien a sus derechos de explotación económica establecidos en esta ley. México carece de una fuerte y efectiva reglamentación en materia de protección a la propiedad intelectual, y de aparatos de vigilancia adecuados para sofocar la piratería digital, situación que la mayoría de los gobiernos del mundo tampoco ha logrado. Tal y como han quedado establecidas, las enmiendas hechas a Ley general de bibliotecas no garantizan el cumplimiento de las condiciones mínimas necesarias para proteger la propiedad intelectual de la industria editorial mexicana.
Que las editoriales de libros se opongan en este caso a ceder gratuitamente sus productos digitalizados no vulnera el derecho de la ciudadanía a la información, que siempre ha existido por medio del libro en papel y su difusión en bibliotecas públicas y sistemas educativos. En lugares remotos donde no hay bibliotecas, son inexistentes o escasas las oportunidades de trabajo de alta capacitación, las prioridades de inversión de recursos públicos son otras, y el atraso en materia de difusión cultural bibliográfica se podría resolver, si se quiere, con voluntad política para fundar un sistema de préstamo de libros que cubra el ámbito nacional, lo que beneficiaría al ecosistema del libro local; en diversas zonas del país, el ciudadano sufre de una preocupante carencia económica que le impide pagar accesos, casetas de peaje y aparatos para conectarse a Internet, últimamente casi por lo general de obsolescencia programada.
Si sostener una biblioteca pública puede ser oneroso, informatizar los libros y el acceso a las bibliotecas ocasionará un costo mayor a mediano y largo plazos con un efecto benéfico muy discutible, y nuevas y graves limitantes en el derecho a la consulta de la información como nunca habían ocurrido antes, que dejará disponible este servicio solamente para los que puedan pagar los medios de acceso. La posesión de artilugios electrónicos no garantiza que se usarán para la lectura de libros, y en cambio alienta un craso solucionismo tecnológico en la administración del sistema educativo.
El pretexto del derecho a la información para acopiar productos digitales con la finalidad de democratizar la información carece de sentido porque las bibliotecas siempre han sido democráticas, y cuando han estado bien gestionadas otorgan y garantizan este servicio por medio del libro en papel, como es el caso de las naciones del primer mundo, que en los últimos años han dado marcha atrás en la informatización de la cultura y la educación, como en Suecia, país pionero en la digitalización de la lectura y el proceso educativo, que desde el 2023 ha ordenado el regreso a la lectura en papel. Si se mantiene esta exigencia, se crearía un hueco legal que daría una oportunidad a diversos agentes para apropiarse de fuentes de información útiles para el lucro parasitario, y para alimentar la insaciable demanda de información actualizada de las mal llamadas inteligencias artificiales (sistemas expertos propiedad de las empresas del tecnopolio) que simulan respuestas humanas y están programados para recuperar y organizar información a alta velocidad. La informatización de los libros sin una ley que proteja a la industria editorial mexicana hace caer como fruta madura la propiedad intelectual en manos del tecnopolio, para alimentar a estas nuevas tecnologías, capaces ya de simular respuestas humanas y generar textos, o ciberlibros que competirán desigualmente con la producción de autores y la industria editorial..., precisamente con su propia información. Es muy fácil encubrir las deficiencias de la gestión bibliotecaria con el solucionismo de la informatización de los libros.
La comodidad de acceso remoto y digitalizado no es un derecho que deba tener prioridad sobre otros derechos de mayor trascendencia e importancia estratégica para el desarrollo nacional y la conservación del patrimonio cultural. Los efectos reales y muy tangibles de la nueva Ley general de bibliotecas de tipo biblioclasta, consistirán en la destrucción de la industria editorial y su ecosistema de empleos, incluidos los de las mismas bibliotecas.
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