Mazatlán.- Mentir tiene un costo y alto en tiempo electoral; maniobrar con las alianzas puede que también. Veamos.
Guillermo Billy Chapman y Ana Ayala, candidatos a diputados federales, uno por la vía plurinominal y la otra, por mayoría relativa, tuvieron que suspender sus campañas porque sus registros fueron cancelados por mentir al INE acerca de que no contaban con sentencias por violencia de género en contra de Angelina Valenzuela, Síndica Procuradora del Ayuntamiento de Ahome.
Y aunque esta cancelación puede ser recurrida ante el tribunal federal electoral es muy probable que no prosperen los reclamos y estos, tengan que suspender sus actividades proselitistas mientras Morena los sustituye.
Me han preguntado, ¿porque en el caso de Guillermo Benítez Torres no ha salido una cancelación en el mismo sentido cuando hay dos sentencias firmes del TEESIN por violencia de género?
En el caso de los políticos mochitenses son postulaciones a cargos de representación federal y sus expedientes pasan por el filtro de las Comisiones Unidas de Prerrogativas y Partidos Políticos y de Igualdad de Género y No discriminación del INE.
Estas son las encargadas de supervisar que los expedientes de los candidatos estén completos y sin sentencias condenatorias mientras el caso del alcalde con licencia de Mazatlán tiene competencia el tribunal electoral local que analizó el caso y en dos ocasiones, resolvió a favor de Elsa Bojórquez, Sindica Procuradora del Ayuntamiento de Mazatlán.
Y en el mismo sentido resolvió la Comisión de Justicia del partido Morena pero la Sala Regional del TEPJF sorprendió al anular el punto de acuerdo de la comisión morenista y esto provocó que el TEESIN diera marcha atrás con el procedimiento sancionador.
Ahora bien, está parte ha quedado saldada, aun a pesar de que la síndica en su momento señaló que hubo una mala interpretación de la sentencia del tribunal federal y es donde vale la pena echar un ojo a lo ocurrido con la postulación del Benítez Torres no por su partido sino por el Partido Sinaloense, pero en candidatura común.
¿Porque se hizo así? Bueno, lo que pasa es que si era candidato de Morena y en este en sus estatutos contempla la exclusión por violencia de género el Químico Benítez estaba en la picota. Morena tendría resolver en contra de la postulación y siendo del PAS, no había materia, aun cuando fuera una candidatura común.
Sin embargo, la candidatura común del Químico Benítez es presuntamente ilegal, porque estamos ante un intento de reelección y esta solo se puede hacer a través de Morena y el PT que fueron los partidos que lo postularon a la alcaldía en 2018.
El PAS no lo puede hacer, aunque lo hizo contra la propia ley electoral. Y cómo prueba la Sala Regional del TEPJF resolvió el viernes de la semana antepasada una impugnación que interpuso el partido Movimiento Ciudadano sobre las candidaturas comunes de Morena y PAS en Sinaloa invalidando estas en los municipios de Culiacán y Mazatlán y los distritos electorales locales 5, 11, 15, 16, 20 y 22.
El PAS, inmediatamente sustituyó a los candidatos a diputados, lo que obligó a reimprimir las boletas electorales con un costo de 4 millones de pesos. No fue el caso de los alcaldes de Culiacán y Mazatlán que ha decidido recurrir la sentencia regional ante la Sala Superior del TEPJF buscando mantener las candidaturas comunes.
Hay quienes buscan encontrar la cuadratura al círculo y reclaman que, si Morena y el PAS hicieron registros por fuera de la ley electoral, porque no se les dijo inmediatamente en lugar de hacerlo en la antesala de la elección o sea en su lógica, hay mano negra del tribunal electoral que busca “perjudicar nuevamente” a Morena y sus aliados.
Primero, es responsabilidad de los partidos hacer los registros de candidatos conforme lo establece la ley electoral y en este caso, lo que se buscó fue trampear la propia norma para evitarle un problema a Benítez Torres que, como lo señalamos, tendría que enfrentar la legalidad de su partido y exponerse como sucedió con Chapman y Ayala.
Segundo, las irregularidades que cometen los partidos no se siguen de oficio, sino que es necesario que un tercero interesado interponga un recurso contra la decisión que tomaron Morena y el PAS y este fue promovido por el partido naranja; y,
Tercero, los tiempos de los tribunales no son los tiempos de los partidos y estos pueden resolver antes, durante o después de las elecciones.
O sea, si la Superior del TEPJF resuelve en el mismo sentido de la Sala Regional, sería candidato solo de Morena, al margen que el PAS ponga o no candidato sustituto, y podría a petición de parte, sea por el mismo partido o la Síndica procuradora, revisar el expediente del registro del Químico Benítez en su intento de reelección y encontraría la violencia de género y Benítez Torres perder su reelección en el tribunal y no en las urnas. Seguramente hay quienes están en eso y se están sobando las manos.
Al tiempo.