GOMEZ12102020

Sobre la nueva Constitución de Nuevo León
Carlos M. López Hernández

Monterrey.- Este último viernes del mes de septiembre, se aprobó por el Congreso del estado, en segunda vuelta, la “nueva Constitución de Nuevo León”, promovida por Samuel García.

Un hecho trascendental, sin duda. Pero, antes de destacar cualquier logro, habría que preguntarse ¿por qué no se consultó a los ciudadanos?

De acuerdo a la Ley de Participación Ciudadana, por ejemplo, en su artículo 14, indica que mediante consulta popular se somete a votación de la ciudadanía la aprobación o rechazo de la realización de un acto o decisión que sea de trascendencia social.

¡Qué mayor trascendencia social que una “nueva Constitución”!

Además, en la misma exposición de motivos de esta reforma se afirma que la Constitución debe reflejar tolerancia y pluralidad, que “no puede partir de una sola visión”. Y, sin embargo, así fue.

Samuel García y su equipo redactaron el contenido de su reforma integral a la constitución, sin consultar a ningún grupo social. Esto significa que su proyecto, desde un inicio, fue excluyente.

Ante esto, se intentó corregir tal cuestión, pero sin éxito, ya que, aun cuando se llevaron a cabo dos foros, en ninguno de ellos estuvieron presentes entidades ciudadanas que promueven la participación ciudadana.

He ahí el detalle. Algo tan importante como instaurar una nueva constitución, debió ser consultado no solo a estas entidades de la sociedad civil, sino a los ciudadanos en general mediante referéndum, lo cual está estipulado en el artículo 11, fracción VI y el artículo 17 de la Ley de Participación Ciudadana.

Ambas disposiciones señalan que es derecho de los ciudadanos neoleoneses opinar sobre la aprobación, modificación, derogación o abrogación de leyes que corresponda expedir al Congreso del estado.

Nunca hubo un genuino interés de convocar a los ciudadanos a participar en algo tan importante.

Su publicitación, por ejemplo, fue escaza; casi nula. No hubo gran información sobre lo que se estaba decidiendo y lo que ello implicaría.

Tan solo en estos días que se ha aprobado, se destacan detalles mínimos, como que la Comisión Estatal Electoral se llamará ahora Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana; y la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información, ahora será Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Por el contrario, cuestiones importantes como la inclusión de “20 nuevos derechos” consagrados en la constitución, no se detalla nada.

Además, aquí habría que destacar que no son “nuevos derechos”, sino que son derechos que se elevaron a rango constitucional, como el tan presumible “derecho a la tecnología”.

Por todo, nuevamente, a los ciudadanos se les deja de lado y obliga a cuestionar cuál es la función de la Ley de Participación Ciudadana, la cual fue aprobada en mayo de 2016. Viene siendo letra muerta.

Peor aún, el mes próximo se realizará un evento en el que se comentará sobre los retos, avances y oportunidades de esta ley, el cual se llevará a cabo en las instalaciones del Congreso del Estado.