602 13 de agosto de 2010 |
La trampa del plebiscito Luis Miguel Rionda
El presidente municipal de Guanajuato capital, Nicéforo Guerrero, propuso este jueves a su ayuntamiento congelar el acuerdo CDUE-11-2009-2012, aquél en que se determinó que “es factible la autorización del cambio de uso de suelo, para el predio denominado: Granja ‘La Bufa’, de la antigua fracción de la ex-hacienda de la Yerbabuena del Municipio de Guanajuato, propiedad de "Constructora Azacan S.A. de C.V.” Como mago de feria, el alcalde se sacó del sombrero la brillante iniciativa de llevar el asunto a un plebiscito, recurso previsto en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Guanajuato, un ordenamiento que a pesar de sus ocho años de existencia nunca se ha podido aplicar por lo oneroso de sus condiciones.
Las marchas de “Guanajuato somos todos”, más los miles de firmas recabadas rechazando el disparate, incluyendo la del propio alcalde, han demostrado que el pretendido cambio de uso de suelo en una zona declarada como reserva ecológica es mayoritariamente repudiado. Hemos recorrido la ciudad recogiendo firmas e informando a la gente sobre el proyecto de urbanización -lo que no ha hecho el municipio-, y es muy estimulante ser siempre recibidos con entusiasmo por nuestros conciudadanos. Se nos pregunta de todo: que cuándo vamos a organizar la próxima marcha -¡ya les gustó!-, que qué hay que hacer para que el alcalde renuncie y se regrese al DF, que por qué no hacemos un plantón frente a la presidencia, etcétera. Hay enojo ciudadano.
El alcalde propone ahora el plebiscito. Esta figura de consulta ciudadana tiene por objeto, según el artículo 22 de la citada ley el de “someter a consideración de los ciudadanos guanajuatenses la aprobación o rechazo de los actos o decisiones del Gobernador del Estado o de los Ayuntamientos que se consideren trascendentes para el orden público o el interés social de la Entidad o del Municipio.” Aparentemente es la mejor opción para que la autoridad municipal constate el sentido de la voluntad mayoritaria, y por ello el procedimiento puede parecer muy democrático. Pero resulta que no es así. Veamos lo que reza la susodicha ley en cuanto al procedimiento y resultados del plebiscito:
“Artículo 32. El resultado del plebiscito será vinculatorio cuando hayan votado: […] II.- En el ámbito municipal, al menos el cincuenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores del Municipio de que se trate, y de éstos que más del sesenta por ciento haya emitido su voto en el mismo sentido.”
“Artículo 33. Cuando el resultado del plebiscito no alcance los porcentajes requeridos para tener el carácter de vinculatorio, será solamente indicativo.” La consulta se realizaría mediante boletas donde sólo se consignará una pregunta sobre el acto reclamado, con dos opciones: sí o no. Nada más. Para que la ciudadanía tenga información y que pueda definir el sentido de su voto, las partes podrán hacer difusión -que no campaña- sobre la que el artículo 55 prescribe: “La difusión del proceso la realizarán tanto la Comisión de Participación Ciudadana del Consejo General [del IEEG] como los solicitantes, cada uno con recursos propios [sic]. Los partidos políticos no podrán participar ni financiar la difusión del proceso.” En la difusión los ciudadanos competiríamos con nuestros pobres recursos, con los del ayuntamiento, que desviará talegas de dinero desde sus fines originales hacia la “promoción del “Sí”, y contará con el auxilio del constructor. No se me ocurre nada más desigual y quijotesco.
Para colmo, dice el artículo 43: “Si el resultado del plebiscito realizado en el Municipio es en el sentido de desaprobar el acto de gobierno, el Ayuntamiento, emitirá el acuerdo revocatorio que proceda en un término no mayor de treinta días. El Titular del Poder Ejecutivo o el Ayuntamiento no podrán expedir decreto o acuerdo en el mismo sentido del abrogado o derogado dentro de los dos años contados a partir de su publicación.” ¿Y después de los dos años? Sencillo: el ayuntamiento puede reincidir y revivir el acuerdo.
En las elecciones municipales del año pasado Guanajuato capital tuvo una lista nominal de 113 mil 204 electores. De ellos sólo acudió a urnas el 47.6%. Para ganar el plebiscito “Guanajuato somos todos” debería lograr lo que los siete partidos juntos y el IEEG no lograron: que voten más de la mitad de los ciudadanos. Y además deberá triunfar la opción del “No” con un 60% de los votos emitidos: más de 34 mil votos. La coalición que llevó a Nicéforo al poder obtuvo apenas 23 mil 436 sufragios. Y eso contando con las prerrogativas que le acordó el IEEG.
Pero incluso soñando con que se lograra que el resultado fuese vinculante, y que ganara la opción del “No”, el esfuerzo de la sociedad civil sólo detendría por dos años el capricho del gobierno municipal. Esta o la siguiente administración puede revivir al zombi.
El plebiscito, desde mi personal punto de vista -“Guanajuato somos todos” se pronunciará hasta luego de la reunión con la comisión del ayuntamiento del viernes- el plebiscito no es la solución para nuestra demanda: es una estrategia para desacreditar a nuestro movimiento y exhibirnos como carentes de consenso social. Contrariamente al ayuntamiento, que movilizará a sus huestes clientelares para derrotar a los catrines “clasemedieros” que nos oponemos al progreso.
Antropólogo social. Profesor investigador de la Universidad de Guanajuato, Campus León. luis@rionda.net – www.luis.rionda.net - rionda.blogspot.com
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