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942 5 Diciembre 2011

Derecho humano a vivir sin violencia
Irma Alma Ochoa
 
M
onterrey.- Las reformas recientes “De los Derechos Humanos y sus Garantías”, que modificaron el título primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en julio de 2011, establecen en su artículo 1º la obligación de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos; así como prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que la Ley establezca.
 
Dudé en utilizar el término “autoridad”, después de leer un esclarecedor artículo firmado por Ximena Peredo sobre el vocablo, pero así dice el texto de la ley. Tal vez habrá que promover una modificación constitucional para puntualizar quienes son autoridades o definir la expresión. Pensé usar el término “servidores públicos”, pero aparte de que no aparece en el párrafo, tampoco precisa la intención o el espíritu de la ley, como dicen las y los abogados.
 
En la Constitución se recogen los derechos que todas y todos tenemos a la salud, a la alimentación, a la educación, a la seguridad, al trabajo, a contar con una vivienda digna, a la identidad, a la información, a la libertad de expresión, al medio ambiente sano, a no ser discriminadas, a que se respeten las diferencias y a vivir libres de violencia, entre otros. Todos, hilados con los principios de los derechos humanos: paz, igualdad, justicia, respeto, tolerancia y solidaridad.
 
Bajo estos principios y al acercarse los tiempos electorales vale la pena recordar que casi el 52% de la población votante somos mujeres y que la violencia de género, es decir, la violencia por el sólo hecho de nacer mujer, ancla los progresos tendientes hacia la paz y el desarrollo.
 
La situación de vulnerabilidad de mujeres y niñas característica de la violencia en su contra, se potencia con la feminización de la pobreza, que se extiende a la migración y la trata de personas con fines de explotación sexual, laboral y comercial.
 
El flagelo de la violencia en contra de las mujeres conlleva la violación a los derechos humanos y está acremente ligado a problemas de salud y seguridad pública, de asistencia social, de procuración y administración de justicia,
 
Este flagelo repercute además en la economía familiar y nacional debido a los altos costos, directos e indirectos, que ocasiona a las víctimas de la violencia, a sus familias, comunidad y sociedad en general. 
 
El Informe 2011 de Human Right Watch, señala que la mayoría de los casos de violencia quedan impunes pues no son investigados formalmente, debido a que se denuncia sólo el 10 por ciento de los perpetrados. Algunas tesis referentes a los bajos índices de denuncia consideran que:

a)    la sociedad mexicana no ha conseguido aún crear una sólida cultura de la denuncia;
b)    la creencia de que la violencia contra las mujeres es “normal” o “natural”;
c)     existe el temor que el sujeto activo de la violencia agreda con mayor intensidad a la víctima, causándole incluso la muerte, si ella opta por denunciarlo;
d)    los prejuicios y la descalificación predominen contra la víctima, no contra el agresor.
 
A partir del recrudecimiento de la violencia armada, de enero a noviembre 23 de 2011, se cometieron en el estado de Nuevo León 207 asesinatos de mujeres y niñas.
 
No han sido identificadas el 34% de las mujeres asesinadas. Esto nos lleva a suponer que son mujeres solas, que no cuentan con redes sociales, son víctimas de la trata, sus familiares no las han buscado, o si lo han hecho, la autoridad ha sido omisa en buscarlas o no han agotado la búsqueda para localizarlas. Además de perder la vida violentamente, sus cuerpos son inhumados en una fosa común, privándolas del derecho de recibir una sepultura digna acorde a su condición de ser humano.
 
La impunidad es un flagelo nacional reconocido, que reina en las instancias encargadas de procurar y administrar justicia, y en el caso de las mujeres víctimas de violencia, se conjugan la descalificación, la misoginia y la corrupción.
 
Un recurso utilizado por autoridades, heraldos o voceros, es acusar a las ya fallecidas de pertenecer a células criminales, aún desconociendo su identidad, origen, estado civil, domicilio, oficio o profesión.
 
Sin conocer el problema ni su magnitud, descalifican a las víctimas y, con su invariable discurso abonan a la impunidad. Así se incriminó a los estudiantes de excelencia, masacrados del Tecnológico o a los jóvenes en Villas de Salvacar.
 
Para la eliminación de la violencia en contra de las mujeres y de las niñas, para la  atención, promoción y protección a su integridad, salud, vida y libertad, se requiere de una visión humanista basada en el respeto y solidaridad, dos de los principios de los derechos humanos.
 
Pero también requiere de recursos. Para lo cual, el Estado, como administrador del dinero público, tiene el compromiso de elaborar el presupuesto, así como la responsabilidad de etiquetar y aprobar los recursos necesarios. Además de la obligación de procurar y administrar justicia y sancionar a los perpetradores para que los crímenes no queden impunes.

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Chamuco

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